PAGO DE MULTAS CON TARJETA DE CRÉDITO O DÉBITO
Dentro de los numerosos proyectos que se van llevando a cabo desde la Dirección General de Tráfico, dirigidos a la modernización de este Organismo, está el relativo a la eliminación del pago en efectivo en las dependencias de dichas Jefaturas.
Este proyecto se materializa en un momento en el que se han puesto ya a disposición del ciudadano múltiples medios de pago y se ha comprobado su efectividad.
Así, en relación con el pago con tarjeta de crédito o débito, el mismo se viene realizando, tanto en las Jefaturas Provinciales de Tráfico (desde marzo del año 2010), como a través del número de teléfono 060 (desde noviembre del año 2010) bastando, en este último caso, con facilitar por teléfono el número de tarjeta y el número del expediente sancionador.
Como consecuencia de lo anterior, a partir del 4 de marzo se podrán abonar las multas de tráfico que se encuentran en periodo voluntario de pago a través de los siguientes medios: – A través de Internet, en la página web www.dgt.es
– En las sucursales del Banco Santander.
– En las oficinas de Correos.
– En las Jefaturas Provinciales y Locales de Tráfico, a través de tarjeta de crédito o débito exclusivamente.
– o Por teléfono a través del número 060.
Al efectuarse el pago se debe indicar o facilitar siempre el número de expediente que figura en la denuncia que le haya entregado el Agente o en la notificación que haya recibido.